Práctica en casos de familia

Adopción con propósito de inmigración

¿Deseas adoptar a un niño en otro país? ¿Quieres traer hacia Estados Unidos un familiar bajo esta figura? Existen diversas variables involucradas; desde complejos aspectos legales hasta situaciones de naturaleza emocional. Lo cierto, es que deberás navegar entre las leyes de adopción y migración.

La adopción con propósito de inmigración implica un gran paso que solo debes dar con asesoría legal. No dudes en contactar a un especialista que te explique cómo son las adopciones internacionales y el proceso a seguir. Hablemos acerca de casos como estos y sus implicaciones legales.

Adopción con propósito de inmigración en Tampa

Adoptar puede ser una experiencia enriquecedora, en la cual una persona desea brindarle amor y cuidado a un menor. También, puede tratarse de un familiar a quien quieres reunir con el resto de la familia. Sea cual sea el caso, existen diversos aspectos a considerar.

En una adopción con propósito de inmigración, como en el caso de la adopción internacional, será necesario manejarse en dos áreas del derecho: las leyes de la Florida y las de inmigración y adopción del país anfitrión.

La agencia ubicada en la nación de origen se encarga de los trámites correspondientes al proceso adoptivo. Una vez que el menor llega a Estados Unidos, debe procederse a establecer la ciudadanía. Para ello, se emite un certificado de nacimiento en inglés y un número de seguro social.

Los adoptantes pueden ser familiares que ya habitan dentro del territorio estadounidense. En ese caso, el proceso será semejante a los potenciales padres que no poseen vínculo con el menor.

Existen tres tipos de procesos para conseguir el objetivo de adoptar a un niño a través de una inmigración. Repasemos cuáles son y qué implican.

Proceso de convención

Se habla de esta figura cuando el menor que se ha adoptado o se desea adoptar reside dentro de uno de los 100 países que cumplen con la convención de La Haya.

Lo anterior, significa que el proceso se llevará a cabo dentro de la ley de los Estados Unidos. Esto, de acuerdo a los lineamientos de la Convención para adopciones internacionales.

Implica que debe existir una autoridad central que se encargue de garantizar y supervisar el proceso de adopción. En este caso, sería el Departamento de Estado o DOS.

Comprende la presentación del formulario I-800A; conocido como solicitud de determinación de idoneidad para adoptar a un niño de un país de la convención. Así como el formulario I-800 o petición para clasificar al adoptado como pariente inmediato.

No se permitirá el contacto con los padres biológicos o tutores del menor, a menos que se trate de una adopción entre familiares.

Proceso de adopción por la convención

El protocolo que debe seguirse en estos casos es el siguiente:

  • Debe contactar con un abogado especialista en inmigración y elegir un ASP o proveedor de servicios de adopción vinculado con La Haya.
  • Obtener un estudio de hogar por parte de una agencia o personal acreditado. En este se determinará que el PAP o Padre Adoptivo Potencial esté en capacidad para adoptar a un menor de edad.
  • Contar con una aplicación en el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (USCIS).
  • USCIS emite la aprobación y trabaja con un ASP para gestionar la colocación de la propuesta de adopción.
  • Se presenta la petición al USCIS antes de adoptar o pedir la custodia, determinándose si el menor es elegible para inmigrar. Se presentarán el formulario I-800A antes de introducir una adopción o colocación. Si es admitido, se podrá obtener una propuesta de colocación.
  • Luego, se introducirá el formulario I-800.
  • Si el formulario I-800 es aprobado, se procede a la adopción o custodia del menor.
  • Se obtiene la visa de inmigrante.
  • Ocurre el traslado a Estados Unidos por medio de la visa y la adopción o colocación del menor.

Los criterios a cumplir por el PAP son ser ciudadano o residente legal de Estados Unidos. Además, si es casado, el cónyuge debe firmar el formulario y tener la misma intención de adoptar. Cuando es soltero debe ser mayor de 24 años para el I-800A y de 25 años para el caso del I-800.

En cuanto al menor en adopción, tendrá menos de 16 años al momento de presentarte la petición o solicitud I-800. Su lugar de residencia será un país que esté dentro de la Convención de La Haya. Debe ser elegible para adopción internacional por la autoridad Central de Estados Unidos.

Así mismo, se tendrán todos los consentimientos pertinentes. Una vez se apruebe, se completará la adopción o se realizará el proceso dentro del país.

Proceso no convencional o huérfano

Este se efectúa cuando el país de origen del menor no pertenece a la Convención de La Haya. En ese caso, se declara como huérfano y debe seguirse el proceso correspondiente.

Comprende la presentación del formulario I-600A o solicitud de procesamiento anticipado de una petición de huérfano y el I-600 para petición del huérfano como familiar directo.

Debe introducirse la petición I-600 antes que el menor cumpla 16 años, aunque sí existen excepciones que pueden aplicarse.

De acuerdo a esta modalidad, el niño deberá cumplir con estos criterios:

  • Ser huérfano debido a la muerte de sus padres, desaparición, separación, pérdida, entre otras causales.
  • Tiene un padre sobreviviente que no puede encargarse de su cuidado y lo ha entregado para emigración y adopción de forma escrita.
  • Debe presentarse la petición antes de cumplir 16 años o 18 años si tiene un hermano que ya ha sido adoptado o se vaya a adoptar. Esto de acuerdo a la Sección 101 (b) (1) (F) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA).

USCIS realizará una investigación para determinar si el niño tiene la condición de huérfano. Igualmente, su estado de salud, necesidades especiales o existe alguna descalificación para iniciar el proceso de adopción.

Los PAP pueden enviar el formulario y solicitar una investigación de hogar. Incorporando pruebas que demuestren su pertinencia para adoptar al niño, que este es huérfano, indicando que tiene la intención de adoptarlo o ya lo ha hecho.

Requerirás que se apruebe la visa para trasladar al menor. Existen casos donde se declara una inadmisibilidad comprobada por un oficial de DOS; esto debido a falta de vacunas u otras cuestiones médicas. En ese caso, se puede presentar una solicitud de excepción de la causa de inadmisibilidad o formulario I-601.

También, es posible traer hermanos y otros familiares al país con visas de preferencia familiar o F4.

Proceso de petición familiar

Cuando el niño ha sido adoptado antes de cumplir los 16 años, puede presentarse una petición basada en familia. Con la cual se solicita una visa de inmigrante, se introduce una petición denominada I-130; el niño requiere haber estado en custodia legal y física de los solicitantes por lo menos 2 años.

Este proceso no es válido para niños adoptados en países pertenecientes al Convenio de La Haya.

Se puede solicitar una visa IR2 en caso de familiares de ciudadanos estadounidenses y para residentes permanentes correspondería a la F2A.

Abogados en adopción internacional y migración

Una adopción por inmigración implica muchos aspectos y entramados legales. Existen diversas normativas que estipula USCIS, así como terminologías que resulten confusas.

Un abogado de familia con experiencia en adopción internacional te asesorará al respecto para que el proceso ocurra de la mejor manera. Un socio legal de confianza navegará contigo en este océano, donde las normativas de inmigración resultan esenciales.

Te indicará ciertas condicionales aplicadas, como la edad requerida, los tipos de adopción y cuál es la más conveniente en tu caso. Podrá indicarte, por ejemplo, las implicaciones en la adopción de padrastros, las visas requeridas de acuerdo a tu estatus migratorio durante la adopción para familiares, entre otros detalles.

Tu abogado se encargará de detallarte dos factores esenciales que son la adopción y la inmigración. Así mismo, considerará las leyes federales, estatales y el marco jurídico del país de procedencia del menor.

Podrá indicarte que la adopción tendrá lugar en el país de origen u ocurrir una vez el niño ingrese en los Estados Unidos. Mientras, el proceso de inmigración será gestionado por las autoridades estadounidenses.

Los pasos dependerán del tipo de adopción que se haya seguido, y cada una implica aspectos específicos que ya se ha planteado.

Taino Law, especialistas en adopción en Tampa, Florida

Adoptar es una hermosa decisión, pero para llevarla a cabo debidamente requieres de la oportuna asesoría. Te brindamos los conocimientos que necesitas en cuanto a procesos de adopción e inmigración.

En Taino Law podemos ayudarte con casos de adopción y adopción por inmigración. Te asesoramos en todas las modalidades como convenio, orfandad y petición de familiares.

Nuestro abogado Tony López es especialista en adopciones de niños en Tampa, por lo que conoce el sistema legal del estado. También, cuenta con una trayectoria amplia en casos de inmigración. Este se enfoca en cada uno, adoptándose a las particularidades que se presenten.

Brindamos una atención completamente en español, porque queremos asistir y ayudar a la comunidad hispana de la Florida.

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Somos su abogado de adopción en Tampa, Florida, que le guiará en el transitar por este camino con éxito. Te ayudaremos a lograr el objetivo de tener una familia o reunir a los suyos en Estados Unidos.

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